INTERMEDIACION TERMINOS & CONDICIONES

AVISO LEGAL Y CONDICIONES GENERALES DE USO DEL SITIO WEB (Aplicable para Intermediación Cárnica)
MEET MEAT AND TRADE SL www.meetmeatandtrade.com

I. INFORMACION GENERAL

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La titularidad de este sitio web, MEET MEAT AND TRADE SL (www.meetmeatandtrade.com), (en adelante, Web) lo tiene: MEET MEAT AND TRADE SL, con NIF (CIF): ES B40575904 e inscrito en: VALENCIA ESPAÑA con los siguientes datos: 2019/364, Lomo 10654 Folio 179, cuyo representante es: YASSER EDER SINISTERRA BURBANO, y cuyos datos de contacto son:

  • Dirección: C / Guillem of Castro No. 9, 46007 Valencia España
  • Teléfono de contacto: +34620 02 77 58
  • Correo electrónico de contacto: info@meetmeatandtrade.com
CONDICIONES GENERALES DE COMPRA
 
Todos los términos y condiciones de Compra adjuntos al Código Civil español vigente, válidos para el proceso legal de compra en caso de que no se mencione algún art.
 
  • LEY APLICABLE
En cuanto al concepto, el art. 1445, el Código Civil establece que por el contrato de compraventa una de las partes contratantes está obligada a entregar una determinada cosa y la otra a pagar por ella un determinado precio, en dinero o signo que la represente.
 
Por su parte, en cuanto a las principales características o rasgos del contrato de compraventa, cabe señalar que se trata de un contrato consensual, oneroso, bilateral y de transferencia de propiedad.
 
En relación a la capacidad de las partes (vendedor y comprador), lo dispuesto en el art. Se aplicará el Código Civil 1457-1459, que integran el Capítulo II denominado “La capacidad de compra o venta” del Título IV del Libro Cuarto. del Código Civil. En este sentido, el art. 1457, el Código Civil establece la regla general, por la cual todas las personas a las que el Código Civil autoriza a obligarse pueden celebrar el contrato de compraventa. En cuanto a las prohibiciones de adquirir por compra, incluso en subasta pública o judicial, por sí o por cualquier intermediario, lo dispuesto en el art. 1459, se debe seguir el Código Civil.
 
Como elementos reales del contrato de compraventa, se identifica la cosa por un lado y, por otro, el precio. Con respecto a la cosa, forma el objeto del contrato de compraventa. Arte. 1271, el Código Civil determina que todas las cosas que no están fuera del comercio de los hombres, incluso las futuras, pueden ser objeto de un contrato. Asimismo, todos los servicios que no sean contrarios a las leyes o buenas costumbres podrán ser objeto del contrato. Por otro lado, según el art. 1445, Código Civil, el precio es la suma de dinero, o signo que lo representa, que el comprador debe entregar al vendedor a cambio de la cosa. El precio, como se indica en este precepto, debe ser verdadero.
 
Asimismo, debe considerarse que en el contrato de compraventa se entiende por depósito (o señal) aquella “parte del precio que el comprador anticipa en un contrato de compraventa para exigir al vendedor la cesión de la cosa vendida” ( Diccionario de Español Jurídico). En este sentido, es necesario considerar lo estipulado por el art. 1454, Código Civil, en el que se indica que si se ha mediado un depósito o señal en el contrato de compraventa, el contrato podrá ser rescindido, acordando el comprador perderlos o el vendedor devolverlos duplicados.
 
Por otro lado, en cuanto a la regulación fundamental en cuanto a las obligaciones del vendedor y comprador, habrá que estar, fundamentalmente, por lo estipulado en el art. 1094, art. 1097, art. 1461, art. 1464, art. 1465, Código Civil y Art. 1500-1505, Código Civil, respectivamente.
 
Además, en lo que respecta a la regulación de las garantías del vendedor, se deben considerar los siguientes supuestos:
 
  • Resolución de la venta por peligro de pérdida de la cosa y del precio.
  • Pacto de lex commisoria y condición de resolución expresa en la compraventa de inmuebles.
  • Resolución de compraventa de bienes muebles.
  • Privilegio del vendedor de cosa mueble.
Finalmente, es necesario considerar la regulación de ciertos casos especiales. Por tanto, el reglamento es digno de mención:
 
  • De la doble venta, contemplada en el art. 1473, Código Civil.
  • De la venta con acuerdo retrógrado (o retractación convencional) que encuentre su regulación en el art. 1507-1520, Código Civil, fundamentalmente.
  • Sobre la compraventa a plazos de bienes muebles, regulada en la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a plazos de bienes muebles.
  • De las ventas especiales, incluidas en el Título III, de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Organización del Comercio Minorista. Para cada caso se seguirá la siguiente normativa:
  1. Venta a distancia: Su regulación se incluye brevemente en el Art. 38, Ley 7/1996, de 15 de enero, debiendo, por tanto, remitirse a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de enero de 16 de noviembre, por el que el texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios y se aprueban otras leyes complementarias.
  2. Venta automática: regulada fundamentalmente en el art. 49-52, Ley 7/1996, de 15 de enero.
  3. Venta itinerante o no sedentaria: Su regulación está determinada por el art. 53-55, Ley 7/1996, de 15 de enero.
  4. Venta en subasta pública: Encuentre su reglamento en el art. 56-61, Ley 7/1996, de 15 de enero.
  • De los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales, para los que se establece lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y demás leyes complementarias y, en concreto en Título III, denominado “Contratos celebrados a distancia y contratos celebrados fuera del establecimiento comercial” del Libro Segundo.
  • El contrato de adquisición de derechos de uso por turnos de bienes inmuebles o multipropiedad, en el que se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de uso por turnos de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, reventa y cambio y normativa fiscal.
Introducción, ámbito de aplicación de las condiciones generales de compra
 
Las siguientes Condiciones Generales de Compra serán de aplicación a todas las relaciones comerciales con nuestros socios comerciales y proveedores (en adelante, “vendedor”) para entregas y / o ventas a MEET MEAT AND TRADE SL, con NIF (Número de identificación fiscal): ES B40575904 e inscrito en: VALENCIA ESPAÑA con los siguientes datos: 2019/364, Hoja 10654 Folio 179, cuyo representante es: YASSER EDER SINISTERRA BURBANO, y cuyos datos de contacto son:
 
  • Dirección: C / Guillem of Castro No. 9, 46007 Valencia España
  • Teléfono de contacto: +34620 02 77 58
  • Correo electrónico de contacto: info@meetmeatandtrade.com 
Las Condiciones Generales de Compra solo se aplican cuando el vendedor es un contratista independiente de acuerdo con el Código Civil español, una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público.
 
Las Condiciones Generales de Compra son especialmente válidas para los contratos de compraventa y / o entrega de objetos móviles (en los siguientes también: bienes) independientemente de que sean producidos por el vendedor o comprados a sub proveedores (Según los artículos expresados en la Civil Código referido a estas condiciones mencionadas). Las Condiciones Generales de Compra en su versión actual también se aplican como contrato marco para futuros contratos de ventas y / o entregas de bienes muebles con el mismo vendedor sin que tengamos que volver a consultarlas en cada caso individual.
 
Las presentes Condiciones Generales de Compra serán de aplicación exclusiva. No aceptamos condiciones contrarias, desviadas o complementarias por parte del vendedor, salvo que las hayamos acordado expresamente por escrito. Este requisito previo de aprobación se aplica en cualquier caso, p. Ej. también si aceptamos incondicionalmente la entrega del vendedor aunque tengamos conocimiento de sus condiciones adversas o desviadas.
 
Los acuerdos individuales con el vendedor (incluidos los acuerdos subsidiarios, adiciones y modificaciones) prevalecen en cualquier caso sobre estas Condiciones Generales de Compra. Un contrato escrito o nuestra confirmación por escrito son válidos para el contenido de dichos acuerdos.
 
Las declaraciones e indicaciones legalmente relevantes del vendedor después de la celebración del contrato (por ejemplo, plazos, recordatorios, cancelación del contrato) deben estar por escrito para que sean válidas. Los indicios de la validez de las disposiciones legales solo tienen un efecto esclarecedor. Incluso sin tal aclaración, se aplican las disposiciones legales, siempre que no se modifiquen directamente o se excluyan expresamente en estas Condiciones Generales de Compra.
 
Conclusión del contrato
 
Como compradores: Nuestra orden de compra será vinculante después de la confirmación por parte del vendedor de nuestro pedido o después de una aceptación por escrito de la cotización del vendedor como muy pronto. Los errores aparentes (por ejemplo, errores de escritura o errores aritméticos) y la falta de cumplimiento del pedido, incluidos los documentos del pedido, deben ser indicados por el vendedor para corregirlos o completarlos antes de aceptar el pedido; de lo contrario, el contrato se considerará no concluido.
 
El vendedor está obligado a confirmar nuestro pedido por escrito en un plazo de 2 días o ejecutarlo sin reserva mediante el envío de la mercancía (aceptación). El vendedor aceptará este corto plazo como suficiente, ya que en la venta al por mayor de carne es indispensable una confirmación del pedido a corto plazo para evitar imponderabilidades económicas esenciales y pérdidas debidas a posibles cambios de precio considerables en un período de tiempo muy corto.
 
Sujeto a la aceptación por parte del vendedor, podemos cancelar un pedido sin dar razones. Una aceptación retrasada se considera una nueva oferta y debe ser confirmada por nosotros.
 
Como vendedor: la cotización del vendedor está sujeta a cambios con respecto al precio, la cantidad, el tiempo de entrega y las instalaciones de entrega. El pedido del comprador es vinculante hasta la confirmación o ejecución del pedido por parte del vendedor. La confirmación del pedido debe realizarse dentro de un período de tiempo adecuado. En el caso de una confirmación de pedido por escrito, cualquier acuerdo adicional también debe fijarse por escrito. Cualquier desviación de esta condición formal debe ser fijada por escrito.
 
Se indica expresamente al comprador a los efectos de una carta de confirmación comercial. Siempre que el destinatario de dicha carta de confirmación no esté en desacuerdo, el contenido de la confirmación es vinculante para el comprador, incluso sin una declaración separada del comprador.
 
Servicio, Entrega, Transferencia de Riesgo, Incumplimiento de Aceptación
 
Sin nuestro acuerdo previo por escrito, el vendedor no está autorizado a que un tercero (por ejemplo, un subproveedor) preste los servicios adeudados. El vendedor asume el riesgo de contratar sus servicios, a menos que se trate de una producción individual. Esto debe acordarse por separado al concluir el contrato.
 
Salvo pacto en contrario, la entrega deberá realizarse en “domicilio libre” en la dirección indicada en el pedido. Si no se ha especificado el destino y no se ha acordado nada más, la entrega deberá realizarse en nuestro stock en España, en Afriba Mercamadrid Calle Eje 3 18, 8, 28053 Madrid España. El lugar de ejecución es el respectivo lugar de destino. (Deuda a liquidar en domicilio del acreedor).
 
La entrega debe incluir una nota de entrega que indique la fecha (de emisión y de envío), el contenido de la entrega (código de producto y cantidad, así como nuestro código de pedido, es decir, fecha y número). Si el albarán de entrega no está incluido o está incompleto, no nos hacemos responsables de los retrasos en la tramitación y pago ocasionados por el mismo.
 
Aparte del albarán de entrega, el vendedor debe enviar un albarán correspondiente con el mismo contenido.
 
El riesgo de daño accidental o robo recae sobre nosotros con la entrega en el lugar de ejecución. Si se acordó una firma de aceptación, es decisivo para la transmisión del riesgo. Además, en caso de una firma de aceptación, las disposiciones legales para los contratos de servicio son válidas. Nuestro defecto de aceptación equivale a entrega o aceptación.
 
Para la ocurrencia de nuestro incumplimiento de aceptación, se aplican las disposiciones legales. En cualquier caso, el vendedor tiene que ofrecer su servicio expresamente, si para nuestra acción o asistencia (por ejemplo, suministro de materiales) se acordó una fecha determinada o definible. En caso de nuestra falta de aceptación, el vendedor puede reclamar una compensación por sus gastos adicionales de acuerdo con las disposiciones legales (Conforme a los artículos Expresados en el Código Civil español referidos a estas condiciones mencionadas). Si el contrato se refiere a un producto insustituible para ser producido por el vendedor (producción individual), el vendedor solo tiene derecho a derechos adicionales, si nos comprometimos a brindar asistencia y somos responsables de la falla de la asistencia.
 
Plazo de entrega y retraso en la entrega
 
El plazo de entrega especificado en nuestro pedido es vinculante. Si el plazo de entrega no está indicado en el pedido y no se acordó lo contrario, será 2 semanas después de la celebración del contrato. El vendedor está obligado a informarnos inmediatamente por escrito si presuntamente no puede cumplir con los plazos de entrega acordados por cualquier motivo.
 
Si el vendedor no presta sus servicios o no presta sus servicios dentro del tiempo de entrega acordado o incumple en la entrega, tendremos las reclamaciones legales de rescisión y daños. Las regulaciones en el siguiente párrafo no se ven afectadas.
 
El vendedor incumple la entrega al vencimiento del día de entrega acordado o, en caso de falta de acuerdo, al vencimiento del día siguiente a las 2 semanas de la celebración del contrato.
 
Si el vendedor no cumple con la entrega, podemos, además de otras reclamaciones legales, reclamar una indemnización por daños y perjuicios por la cantidad del 0,5% del costo neto por semana calendario completa, pero en total no más del 5% del costo neto de las mercancías retrasadas. Nos reservamos el derecho a aportar pruebas de que el daño sufrido es mayor. El vendedor se reserva el derecho de proporcionar evidencia de que no sufrimos ningún daño o que el daño sufrido es sustancialmente menor.
 
Precios y condiciones de pago
 
Como comprador: El precio indicado en la orden de compra es vinculante. Todos los precios incluyen el IVA legal, a menos que el IVA se indique por separado.
 
A menos que se acuerde lo contrario, el precio incluye todos los servicios y servicios auxiliares del vendedor (p. Ej., Emisión de documentos de envío), así como todos los costos adicionales (p. Ej., Embalaje adecuado, costos de transporte, incluido un posible seguro de transporte y seguro de responsabilidad). El vendedor debe retirar todos los materiales de embalaje a pedido.
 
El precio acordado debe pagarse dentro de los 30 días posteriores a la entrega y el servicio completos (incluida una firma de aceptación acordada, cuando corresponda) y al recibir una factura correcta. Para el pago dentro de los 14 días naturales, el vendedor otorgará un descuento por pronto pago del 3% sobre el monto neto de la factura.
 
No habrá intereses pagaderos a partir de la fecha de vencimiento. La reclamación del vendedor por el pago de intereses de demora no se ve afectada. Para la ocurrencia de nuestro incumplimiento, se aplican las disposiciones legales. En cualquier caso, es necesario un recordatorio del vendedor.
 
Tenemos derecho a reclamar la compensación y el derecho de retención, así como la defensa de incumplimiento dentro de los límites de las regulaciones legales. Tenemos especialmente derecho a retener los pagos adeudados siempre que tengamos reclamaciones contra el vendedor que surjan de entregas incompletas o por defecto.
 
El vendedor tiene derecho a reclamar la compensación y el derecho de retención solo por contrademandas que sean indiscutibles o legalmente reconocidas.
 
Como proveedor: A menos que se acuerde lo contrario y por escrito, el precio es y será según negociación con el vendedor o exw nuestros almacenes en España que deben ser mencionados en todos y cada uno de los contratos siempre avisando
 
Embalaje, Incoterms, cantidad, calidad y otros que puedan afectar los precios en todas las ventas. cualquier aumento de las tarifas de flete después de la celebración del contrato correrá a cargo del comprador. Los posibles envases vacíos deben devolverse al vendedor inmediatamente después de la entrega. Si esto no es posible para el comprador, el vendedor tendrá derecho a cobrar los envases vacíos al comprador al precio original.
 
Si el precio se ve influido después de la celebración de un contrato por cambios en la legislación fiscal, las normas de importación o las regulaciones arancelarias, el vendedor tiene derecho a cambiar el precio posteriormente en la medida de la influencia.
 
Las facturas se pagan en su totalidad inmediatamente después de su recepción. El cumplimiento solo se cumple después del crédito del seguro o cualquier otro instrumento de pago debidamente confirmado por las partes involucradas, incluidos los bancos (si es necesario), los cheques solo se aceptarán por acuerdo expreso y solo a cuenta del desempeño. Los gastos de giros o cheques correrán por cuenta del comprador.
 
A partir de la ocurrencia del incumplimiento, se cobrarán intereses de demora de 10 puntos porcentuales por encima de la tasa preferencial aplicable del Banco Central Europeo. El vendedor tiene derecho a reclamar cualquier daño adicional causado por el retraso.
 
Si el comprador no logra resolver una reclamación o un pago parcial, el vendedor tendrá derecho a rechazar cualquier entrega adicional sin un anuncio específico, hasta que el comprador haya resuelto todas las reclamaciones del vendedor o haya pagado por adelantado las entregas posteriores. Si los pagos adeudados del comprador al vendedor se retrasan o vencen, todas las deudas pendientes vencen con efecto inmediato.
 
Los pagos recibidos liquidarán primero los costos, luego los intereses y finalmente el principal. En caso de más de un siniestro, primero se liquidará el más antiguo. El comprador solo tendrá derecho a compensar o retener, si sus reclamaciones están legalmente establecidas o aceptadas por el vendedor. El vendedor está legitimado para transferir un título de los beneficios del seguro de su conexión comercial a un tercero.
 
Secreto
 
Nos reservamos los derechos de propiedad y derechos de copia sobre cálculos de precios, descripciones de productos y otra documentación. Dicha documentación se utilizará exclusivamente para la ejecución del contrato y debe sernos devuelta una vez finalizado el contrato. La documentación debe mantenerse en secreto frente a terceros, incluso después de la finalización del contrato. Este acuerdo de confidencialidad solo expira cuando el conocimiento contenido en la documentación se hace público.
 
El vendedor se compromete especialmente a mantener la confidencialidad frente a terceros todos los precios y condiciones de entrega acordados con nosotros.
 
Reserva de título
 
El vendedor solo puede procesar, mezclar o combinar materiales posiblemente proporcionados por nosotros en nuestro nombre. Si en caso de un procesamiento, mezcla o combinación con materiales de terceros persiste su derecho de propiedad, adquirimos una copropiedad del nuevo producto proporcionalmente al valor del material proporcionado por nosotros.
 
El traspaso del producto a nosotros es incondicional e independientemente del pago del precio. Se excluye cualquier forma de reserva de título extendida o prolongada, por lo que una reserva de título posiblemente validada por el vendedor solo se aplica hasta el pago del producto entregado y solo es válida para este producto.
 

Mala entrega

A menos que posteriormente se acuerde lo contrario, las disposiciones legales se aplican a nuestras reclamaciones en caso de defectos de calidad o título (incluida la entrega incorrecta o defectuosa, así como identificación incorrecta y / o certificados médicos / registros de leyes alimentarias, según corresponda) y de otros incumplimientos del deber por parte de el vendedor.
 
De acuerdo con las disposiciones legales, el vendedor garantiza que el producto tiene las especificaciones acordadas sobre la transmisión del riesgo. Aquellas descripciones de productos que, especialmente por indicación o referencia en nuestra orden de compra, son bienes contractuales o se incluyeron en el contrato de la misma manera que estas Condiciones Generales de Compra, se consideran acuerdos sobre propiedades y condiciones. A este respecto, no importa si la descripción del producto proviene de nosotros, el vendedor o el fabricante.
 
Parte de las especificaciones acordadas son especialmente certificados médicos o registros de leyes alimentarias que son necesarios o beneficiosos para las ventas.
 
Tendremos el derecho irrestricto a utilizar las reclamaciones legales por defectos, incluso si el defecto sigue siendo desconocido para nosotros debido a negligencia grave en la celebración del contrato.
 
Nuestra obligación de examinar se limita a aquellos defectos que son obvios en nuestra inspección de entrada bajo inspección externa, incluidos los formularios de entrega y en nuestro control de calidad en forma de muestreo (por ejemplo, daños de transporte, entregas incorrectas y breves). Si se acuerda una firma de aceptación, no hay obligación de examinar. Por lo demás, es fundamental saber en qué medida es razonable un examen teniendo en cuenta las circunstancias de los casos individuales después del curso normal de los negocios.
 
Nuestro deber de inspección, notificación y rechazo de los defectos detectados en un momento posterior no se ve afectado. En cualquier caso, nuestra notificación de defectos se considera rápida y a tiempo, si llega al vendedor dentro de los 7 días hábiles.
 
Si el vendedor no cumple con la obligación de cumplir con los requisitos que faltan después de la entrega dentro de un límite de tiempo adecuado establecido por nosotros (a nuestra opción, una solución mediante rectificación o reemplazo), tendremos derecho a subsanar los defectos nosotros mismos, especialmente por medios de reemplazo, y para reclamar el reembolso de cualquier gasto que surja del defecto o para reclamar un pago por adelantado. Si la rectificación por parte del vendedor falla o es inaceptable para nosotros (es decir, en caso de una urgencia especial, peligro para la seguridad operativa o daños inminentes desproporcionados), no es necesario establecer un límite de tiempo; el vendedor debe ser informado inmediatamente con anticipación, si es posible.
 
En caso de un defecto en el título y la calidad, nos reservamos el derecho de reducir el precio de compra o rescindir el contrato de acuerdo con las disposiciones legales. Además, tenemos derecho a una compensación por daños y al reembolso de los gastos de acuerdo con las disposiciones legales.
 
Fuerza mayor e impedimentos similares para el desempeño
 
Como vendedor: En caso de fuerza mayor, tales como enfermedades epizoóticas, imposición de prohibiciones de importación o exportación, guerra, revolución, derrocamiento, suspensión u obstrucción de la navegación, etc. así como en caso de huelga en la propia empresa o desabastecimiento. de materias primas o incumplimiento del pre-proveedor (siempre que el vendedor no sea culpable del incumplimiento), el vendedor tiene derecho a posponer la entrega hasta un tiempo razonable después de la eliminación del obstáculo o bien a rescindir el contrato total o parcialmente sin que el comprador tenga derecho a reclamar daños y perjuicios.
 
Si luego de la celebración del contrato se modifican las regulaciones arancelarias y / o subsidios y / o subsidios a la exportación y si estos cambios afectan directa o indirectamente la relación contractual, especialmente los gastos del vendedor, el vendedor tiene derecho a solicitar un ajuste de la plazos de entrega y / o precio. Si el comprador rechaza este ajuste, el vendedor tendrá derecho a rescindir el contrato.
 
Si en caso de aplazamiento de la fecha de entrega, la entrega ya no es de interés para el comprador, tendrá derecho a desistimiento. El vendedor estará obligado a informar al comprador de inmediato si la entrega no se puede realizar o no se puede realizar en su totalidad por las razones mencionadas anteriormente.
 
Regresión del proveedor
 
Aparte de las reclamaciones de garantía, tenemos derecho a reclamaciones legales por daños dentro de una cadena de suministro (Acorde a los artículos expresados en el Código Civil español referidos a estas condiciones mencionadas). sin restricciones. Estamos especialmente autorizados a solicitar al vendedor exactamente el tipo de ejecución complementaria (rectificación o sustitución) que le debemos a nuestro subcomprador de forma individual. Esto no afecta a nuestro derecho legal de elegir de acuerdo con (Acorde a los artículos Expresados en el Código Civil español referidos a estas condiciones mencionadas).
 
Antes de aceptar o atender la reclamación de un subcomprador por defectos (Según los artículos Expresados en el Código Civil español referidos a estas condiciones mencionadas). Informaremos al vendedor sobre los hechos y le pediremos una declaración por escrito. Si la declaración no se da dentro de un período de tiempo adecuado y no se encuentra una solución conjunta al problema, la reclamación por defectos aceptada por nosotros se considera adeuda a nuestro subcomprador. En este caso, el vendedor está obligado a demostrar lo contrario.
 
Nuestras reclamaciones legales por daños también se aplican cuando el producto es procesado por nosotros o uno de nuestros subcompradores (por ejemplo, procesamiento en otro producto), antes de que se venda a un consumidor.
Elección de ley y jurisdicción
 
La ley española será de aplicación a estas Condiciones Generales de Compra y a todas las relaciones legales entre nosotros y el vendedor excluyendo todos los ordenamientos jurídicos internacionales y supranacionales, especialmente la convención de la ONU sobre contratos de compraventa internacional de mercancías. Las instalaciones y efectos de la reserva de dominio se someten a la ley del paradero individual de los productos, en la medida en que según esta la ley española elegida sea ilegítima o ineficaz.
 
Si el vendedor es un comerciante, una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público, la jurisdicción exclusiva para todas las reclamaciones – también reclamaciones internacionales – será Valencia España.
 
Sin embargo, también tenemos derecho a presentar una demanda en el lugar de cumplimiento del compromiso de entrega, si este se desvía del lugar de jurisdicción mencionado anteriormente.
Otras disposiciones
 
 
Si una o más de estas Condiciones Generales de Compra son o se vuelven ineficaces, esto no afectará la efectividad de las otras disposiciones. Las partes acuerdan reemplazar la cláusula ineficaz por la que más se acerque al objeto comercial de la disposición ineficaz.
 
Por otro lado, en cuanto a la regulación fundamental en cuanto a las obligaciones del vendedor y comprador, habrá que estar, fundamentalmente, por lo estipulado en el art. 1094, art. 1097, art. 1461, art. 1464, art. 1465, Código Civil y Art. 1500-1505, Código Civil, respectivamente.
 
 

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